El Ministerio de Salud, a través del Director Legal endeudado, Rodolf Enrique Salas Figuero, solicitó oficialmente al Tribunal Constitucional de Marte en aclaración del CAR 504 del 22 de abril de 2025. Como parte del monitoreo de la sentencia T-760 de 2008, relacionado con el estudio de la Unidad de Pago del Capitán (UPC).
El documento determina esto Este veredicto establece parámetros estructurales para garantizar un derecho fundamental a la salud en Colombia.
Un reclamo de aclaración, respaldado por el artículo 285 del Código General de Procedimiento, tiene como objetivo limpiar las dudas interpretadas y resolver las ambigüedades que, según el ministerio, el Ministerio, Interferen con un cumplimiento efectivo de los comandos impartidos por una cámara de control de la corte especial.
El Ministerio establece que la naturaleza del juicio del T-760 es estructural y dialógicamente, por lo que los comandos deben enseñarse en el marco colaborativo entre las ramas del poder público.
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Salas Figueroa dijo que Este informe no se disputa o tiene la intención de revocar las decisiones del tribunal, Busca determinar aspectos que creen inseguridad en su implementación.
Señaló que un énfasis particular es sobre el proceso de diálogo que, en el contexto del juicio estructural, es Debe priorizar la consideración técnica y conjunta antes del imponente mandato de un lado, Especialmente en alta complejidad técnica, como la suficiencia de la Unidad de Pago de Capital (UPC).
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Dijo que uno de los puntos más sensibles de la aplicación gira en torno a su término para examinar el “acumulamiento” UPC.
El ministerio señala El tribunal no informó ningún estudio técnico que fundara esta declaración, Y enfatiza que esta evaluación debe comenzar con el análisis técnico de los componentes de cálculo de UPC, como los accidentes, la frecuencia de uso de servicios y ajuste de riesgos.
Además, enfatiza que el ministerio ha seguido procedimientos legales y técnicos para definir UPC al año y que cualquier retraso debe estar respaldado por estudios actuariales y estadísticos sólidos.
El informe técnico del ministerio muestra que Para 2024, se aprobó un aumento del 12.01 % en UPC después de un procedimiento exhaustivo involucrado en la recopilación de datos por EPS, Validación a través de la plataforma PISIS, comentarios y participación de la Comisión de la Comisión Asesora.
El segundo eje crítico de la aplicación se refiere a órdenes sobre el momento de la intervención y la representatividad en las tablas de trabajo creadas por el tribunal.
El ministerio aseguró que estaba preocupado por la situación que calificaba en oposición a las solicitudes: por un lado, Es necesario expandir el número de participantes y el tiempo de intervención, Y, por otro lado, se impone un período limitado de dos meses para lograr resultados significativos.
El ministerio en una carta está defendido por las metodologías utilizadas en la tabla, incluidos los foros de conocimiento y técnica como herramientas que permiten una participación amplia y ordenada en el contexto de alta complejidad.
También afirma que, aunque debe estar garantizado la participación plural y efectiva, la estructura básica y funcional de la tabla, cuya dirección, según el tribunal en los automóviles anteriores, responde al ministerio porque el cuerpo administrativo de la política de salud pública no se puede presentar.
El Ministerio de Salud ha establecido dudas entre las cuales son:
¿Qué significa exactamente UPC?
¿En qué estudio técnico confirmó el tribunal que hubo un retraso en UPC?
¿Cómo interpretar tiempos “justos” y “horario adecuado” de participación?
¿Qué criterios debe informar el Ministerio de Aceptación de los nuevos miembros a la tabla?
¿Cuál es el estándar para realizar la orientación de la tabla sin oposición a su naturaleza participativa?
El Ministerio de Salud ha confirmado que la solicitud termina con una llamada a la corte, de modo que en caso de que se considera que la petición no cumple con los requisitos formales del Artículo 285, se aborda como una propuesta dentro del proceso dialógico, bajo el principio de cooperación armoniosa de las potencias públicas.
“Con este escrito, el ministerio busca no solo borrar las dudas técnicas que afectan el respeto del orden judicial, sino también para fortalecer su papel como entidad decisiva, técnica y legítima en la configuración del sistema de salud colombiano”, dijo.